Becas de Excelencia de la Comunidad de Madrid

Plazo de solicitud del 10 al 30 de enero de 2024, ambos inclusive

Becas de Excelencia de la Comunidad de Madrid

Curso 2023-2024

La Comunidad de Madrid convoca 3.215 becas al estudio para alumnos con aprovechamiento académico excelente correspondientes al curso 2023-2024.

Bases reguladoras

Orden nº 4122/2023, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de Becas de Excelencia, correspondiente al curso 2023-2024, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.

Orden nº 2069/2016, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de Becas de Excelencia para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.

Objeto

Estas becas tienen por objeto facilitar el desarrollo de los estudios universitarios y de las enseñanzas artísticas superiores de los alumnos con aprovechamiento académico excelente, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.

Requisitos de los solicitantes

Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos en las bases reguladoras, se encuentren matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma, y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso académico al que hace referencia la presente convocatoria.

En el caso de alumnos que participen en programas de movilidad, únicamente podrá ser beneficiarios aquellos cuya universidad, centro adscrito universitario o centro superior de enseñanzas artísticas de origen sea alguno de los contemplados en el párrafo anterior.

Nota media mínima

La nota media mínima necesaria para solicitar las becas será la siguiente:

  1. Alumnos de nuevo ingreso en la universidad: 12,800 puntos (únicamente alumnos procedentes de EvAU).
  2. Alumnos que acceden a centros superiores de enseñanzas artísticas según el procedimiento descrito en el artículo 7.2, apartados a) y b): 12,00 puntos, calculadas según las fórmulas establecidas en dichos apartados.
  3. Alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias y artísticas superiores:
    • Enseñanzas técnicas de ciclo corto y de ciclo largo, y estudios de grado adscritos a la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura: 8,15 puntos.
    • Estudios de Medicina, dobles titulaciones y simultaneidad de estudios: 8,65 puntos.
    • Resto de titulaciones: 9,15 puntos.
    • Enseñanzas artísticas superiores: 8,50 puntos.

Las anteriores puntuaciones deberán haberse obtenido en convocatoria ordinaria. Asimismo, los alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias o en enseñanzas artísticas superiores deberán haber aprobado en dicha primera convocatoria ordinaria la totalidad de créditos o asignaturas en los que se hayan matriculado.

Los alumnos de nuevo ingreso en la universidad que opten a la beca de excelencia deberán haber realizado la prueba o evaluación de acceso a la universidad en alguna de las universidades públicas del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Estudios comprendidos

  • Podrán acogerse a las presentes ayudas, los alumnos matriculados en alguna de las siguientes enseñanzas:
    • Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de grado.
    • Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, conducentes al título superior de enseñanzas artísticas.
    • Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
  • Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta Orden, las ayudas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo, postgrado o doctorado, estudios de máster, especialización o títulos propios de las universidades o de centros superiores de enseñanzas artísticas.
  • Se podrá obtener por una única vez la beca por el turno de estudiantes de nuevo ingreso en la universidad o en centros superiores de enseñanzas artísticas superiores, salvo que el beneficiario una vez concedida hubiese realizado renuncia expresa con devolución de importe percibido.
  • Quedan excluidos los alumnos titulados, o que estén en disposición de obtener el título, en enseñanzas universitarias oficiales o enseñanzas artísticas superiores.
  • Solo se podrá ser beneficiario de la beca por un único turno y grupo.

Cuantía

La cuantía de las becas será de 2.100 euros, que será abonada conforme a lo establecido en las bases reguladoras.

Plazo de presentación

Plazo de presentación de solicitudes: del 10 al 30 de enero de 2024, ambos inclusive.

Presentación de solicitudes

Rellenar la solicitud on-line, El modelo de solicitud será de uso obligatorio para los interesados. Una vez cumplimentada la solicitud, imprimir y firmar el PDF que se genera, adjuntando la documentación requerida, en el plazo que se establezca en la convocatoria. Los interesados podrán realizar la presentación de la solicitud de forma presencial, mediante envío postal o de forma telemática.

  • Presentación telemática: Será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” establecidos en España. Una vez cumplimentada la solicitud, se enviará a través del Registro Telemático de la Consejería competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores, junto con el resto de la documentación requerida. La documentación en formato digital deberá reunir los siguientes requisitos:
    • Proceder del documento original y contar con la suficiente calidad que permita su correcta visualización.
    • El formato de los ficheros de documentación así como su tamaño máximo deberá ajustarse a lo establecido, a estos efectos, en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
    • El solicitante deberá conservar los documentos originales, pudiendo ser requeridos por el órgano instructor o cualquiera de los previstos en el artículo 23 de estas bases reguladoras.

► Enlace a la presentación telemática de la Comunidad de Madrid

Entregar la documentación en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid o en alguno de los Registros adheridos al correspondiente convenio.

  • Envío postal: En caso de envío postal, la solicitud y documentación anexa se presentará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se haga constar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de acuerdo con lo establecido en el  art. 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Prestación de los Servicios Postales.

Registro de la Consejería de Educación y Universidades,
D. G. de Universidades
Calle del General Díaz Porlier, 35.
28001 Madrid

CONTACTA CON EL CIAU para cualquier duda que tengas en tu tramitación de beca.

Acceso a la información completa de la convocatoria: https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/becas-excelencia-universitarios