Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |
Los alumnos que tengan residencia administrativa en el País Vasco no pueden presentar la beca general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Han de acogerse a la convocatoria que el Gobierno Vasco publica al efecto. La misma se rige por la Orden de 4 de julio de 2024, del consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se convocan becas para realizar estudios oficiales de grado y máster en el año académico 2024-2025, ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de estudiantes con discapacidad física o psíquica y especiales dificultades de movilidad, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 17 de julio de 2024.
Toda la tramitación de la beca general será íntegramente electrónica y no se admitirán solicitudes en papel. Por ello, para poder solicitar la beca y acceder al formulario de solicitud en la sede electrónica del Gobierno Vasco, será necesario un certificado electrónico válido. Aconsejamos la solicitud de la BakQ; es un medio de identificación electrónica muy sencillo de usar y que permite relacionarse telemáticamente con la Administración vasca.
Puedes comprobar la situación real de vuestro KZgune más cercano en el siguiente enlace:
https://www.kzgunea.eus/es/centros
En el siguiente enlace se puede acceder a toda la información: Becas universitarias del Gobierno Vasco.
Una vez que se ha accedido a la sede electrónica, recomendamos la lectura del apartado “Avisos importantes” allí ubicado.
El hecho de solicitar beca no implica exención del pago de la titulación que se va a cursar. Se ha de seguir pagando como si no se hubiera solicitado. Será posteriormente, a final de curso, cuando se reembolse a los estudiantes becados la parte correspondiente de matrícula. La concesión de la beca nunca cubre el precio del crédito en UDIMA, sino únicamente el precio oficial por crédito, que es inferior al precio UDIMA. No es posible tener exención total del precio en una universidad privada.
El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el/la estudiante en el año 2024-2025, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula. No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos.
Para las universidades privadas ubicadas en el País Vasco y para las universidades públicas o privadas ubicadas fuera del País Vasco, el importe no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el caso de los estudios de grado y de los estudios de máster oficial ofertados, el importe se establecerá en función del grado de experimentalidad y del área de conocimiento al que pertenezcan, siguiendo lo detallado en los anexos de la Orden del consejero de Educación, por la que se fijan los precios a satisfacer por los servicios públicos de educación superior de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea para el año académico 2024-2025 y se definen las condiciones para el beneficio de las exenciones y reducciones de los mismos.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.
Los estudiantes que solicitan beca han de informar en el formulario de solicitud que se descargan de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco el IBAN de una libreta o cuenta bancaria válida en la que el alumno debe ser titular o cotitular. Esta cuenta deberá permanecer abierta y operativa hasta el ingreso de las cantidades concedidas.
Para cualquier duda o consulta, pueden dirigirse al correo electrónico becas@udima.es o bien contactar por teléfono a UDIMA, preguntando por el Departamento de Becas.
Toda la información sobre convocatorias de becas y otros tipos de ayudas se publicará puntualmente dentro del Aula Central (de grado o de máster), en el Foro de Becas y Ayudas, por lo que es muy recomendable estar suscritos a los foros indicados.
Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca (https://www.euskadi.eus).
Del 18 de julio hasta las 23:59 del 16 de septiembre de 2024, ambos incluidos. La recomendación general para todas las personas solicitantes de beca es hacer la solicitud en ese plazo, sea cual sea su situación respecto a la matrícula.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie después del 15 de septiembre de 2024, la solicitud de beca podrá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre de 2024.
Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2024, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el curso 2025-2026, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio de 2026.
Todas las notificaciones y requerimientos de documentación relacionadas con la solicitud de beca universitaria se enviarán a “Mi Carpeta” en la Sede Electrónica. Para poder recibir un aviso por correo electrónico y SMS cada vez que se envíe una comunicación, es imprescindible actualizar dentro de Mi Carpeta los datos para recibir avisos.
Para tener derecho a la ayuda será necesario reunir los siguientes requisitos:
Para poder tener beca hay que matricularse como mínimo de 60 créditos, salvo las excepciones recogidas en el artículo 23. En el cómputo de créditos no se cuentan los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.
Se debe superar el rendimiento académico exigido el curso anterior en función de la rama de enseñanza:
Estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado universitario:
2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de máster:
Aclaraciones importantes sobre mínimo de créditos exigidos. Para tener beca se exige matricularse de un mínimo de créditos:
Créditos que no cuentan en el mínimo exigido para la beca:
Si se empieza el curso con 60 créditos, pero después se convalidan o reconocen créditos, ya no se llegaría al mínimo de créditos y se podría reclamar la beca concedida en su caso, si quedan créditos pendientes que podían haberse matriculado. Recomendamos revisar el cuadro sobre mínimo de créditos para tener beca.
La normativa recoge varias excepciones en las que no se exige el número de créditos señalado:
Ampliación de créditos de matrícula
No se tendrán en cuenta las ampliaciones de créditos que sean comunicadas a la Dirección de Política y Coordinación Universitaria después del 31 de marzo de 2024, excepto el trabajo fin de grado (TFG).
Tener como máximo dos viviendas en propiedad, incluida la vivienda habitual. No se computarán las viviendas de las que solo se tenga la nuda propiedad, pero se deberá justificar dicha situación (art. 19). En caso de divorcio, se descontarán dos viviendas habituales si se justifica con padrón el domicilio habitual de los progenitores.
El valor catastral de todas las fincas urbanas propiedad de los miembros de la unidad convivencial, una vez descontada la vivienda habitual, no puede superar los 42.900 euros.
No superar el umbral máximo de renta permitido según el número de miembros:
Miembros computables | Umbral 1 (euros) | Umbral 2 (euros) | Umbral 3 (euros) |
---|---|---|---|
1 | 9.315 | 13.898 | 15.567 |
2 | 13.971 | 23.724 | 26.573 |
3 | 18.629 | 32.201 | 36.070 |
4 | 23.286 | 38.242 | 42.836 |
5 | 27.012 | 42.743 | 47.878 |
6 | 30.738 | 46.142 | 51.685 |
7 | 34.463 | 49.503 | 55.451 |
8 | 38.190 | 52.850 | 59.199 |