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‘Revista General de Derecho Penal’ y ‘La Ley Penal’ publican la investigación de Daniel Bermejo sobre el delito de blanqueo
周四, 23/11/2017
Dos de las más reputadas publicaciones en el ámbito jurídico, ‘Revista General de Derecho Penal’ y ‘La Ley Penal’, se han hecho eco de la investigación del profesor de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) Daniel Fernández Bermejo sobre el delito de blanqueo por medio de sendos artículos.
Se trata de revistas contrastadas en el área del derecho penal cuyos artículos redactados por el doctor Fernández Bermejo se enmarcan en el Proyecto de Investigación I+D+I del Plan Nacional: Ciberlaundry, DER2014-58257-R.
El publicado en la ‘Revista General de Derecho Penal’ (Iustel), nº 28, noviembre, 2017, que lleva por título ‘El delito previo al delito de blanqueo de capitales, ¿concurso de delitos o agotamiento del delito antecedente?’, aborda si el delito cometido de forma previa al delito de blanqueo de capitales tipificado en el artículo 301 del Código Penal constituye o no un concurso de delitos que debe de reprocharse penalmente o si, por el contrario, forma parte del agotamiento o consumación del delito antecedente. En dicho análisis se hace hincapié en el delito fiscal como delito previo del blanqueo de capitales.
‘La desatinada regulación penal del autoblanqueo de capitales’ es como titula el artículo publicado en ‘La Ley Penal’, nº 128, septiembre-octubre, 2017, en formato electrónico, donde Fernández Bermejo analiza la “desatinada redacción” penal del autoblanqueo de capitales en el Código Penal. Las conductas consistentes en la posesión y utilización de bienes procedentes de una actividad delictiva han generado serios problemas de interpretación, abarcando el tipo de injusto situaciones que, de no existir una acertada aplicación restrictiva por parte de los jueces y tribunales españoles, se sancionarían conductas no merecedoras de reproche penal.
“Pareciera pues que el legislador penal ha encontrado en el derecho penal la herramienta idónea para erradicar este tipo de delincuencia, concibiendo a esta rama del derecho como un cajón de sastre en el que todo cabe, olvidándose, a la postre, de los clásicos principios penales que debieran regir en el ius puniendi”, apunta el docente de la UDIMA.