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La videoconferencia hará "más eficaz y barata" la Administración de Justicia, pero requiere inversión y unificación
周一, 23/01/2023
Miguel Bueno Benedí es funcionario del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de Justicia, desempeñando su profesión en un juzgado penal de Getafe. Una labor que ha compaginado con su tesis, fruto de su interés por estar actualizado, por la investigación jurídica y por “crear debate”. Además de lograrlo espera poder actualizar y mejorar con ello algunas aristas del entramado jurídico en España, que, según defiende, debe aprovechar las múltiples ventajas que ofrece la videoconferencia para agilizar el proceso hacia una “e-Justicia de calidad”.
Por Alberto Orellana
Bueno ha participado también en varios capítulos de revistas relacionados con temas como las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia. La experiencia acumulada durante la Covid-19 (para evitar la suspensión de juicios y un mayor colapso del juzgado) sumada a las diversas jurisdicciones por las que ha pasado en su carrera (civil, penal, contencioso...), le llevaron a plantear la hipótesis de su trabajo para ser doctor. Se trata de una afirmación severa que, asume, es una “opinión mayoritaria” de la sociedad española: tenemos una Justicia “lenta, politizada, antigua y -sobre todo- hundida en papel”.
En su juzgado, sin ir más lejos, pone como ejemplo que aún sea obligatorio enviar un acto de emplazamiento por correo tradicional con acuse de recibo. Algo “especialmente difícil” en casos de personas sin domicilio fijo o residencia habitual, explica el Letrado de la Administración de Justicia (en adelante, LAJ).
Le resulta llamativo que todavía existan procesos “desacompasados”, como el uso de documentos informatizados entre abogado y juzgado (Lexnet), mientras la tramitación interna de los expedientes en el juzgado sigue siendo en papel: “En nuestra oficina hay cinco impresoras y un solo escáner para todos”, critica.
Con su investigación espera poner en valor la oportunidad que tenemos de avanzar en la digitalización de la Administración de Justicia con una correcta implantación de las videoconferencias. Una herramienta que todavía genera cierta “desconfianza” en algunos sectores jurídicos, pero que, aprovechando el arreón pandémico, puede ser la ocasión perfecta para “unificar, homologar y mejorar su utilización en los procesos judiciales y la defensa de los derechos de los ciudadanos”.
La videoconferencia no vulnera, mejora
Para hacer un poco de pedagogía y refrescar los diversos beneficios que tiene la videoconferencia, Bueno recuerda que ya en 2002 se hablaba de juicios orales telemáticos. Para la Fiscalía “no cabían” en la Administración de Justicia por “carecer de garantías” necesarias para respetar los derechos fundamentales (debido sobre todo a que los equipos técnicos usados entonces eran aún bastante “obsoletos”). También había acusados que a menudo rechazaban los ‘tele-juicios’ alegando que encerraban una ‘inevitable erosión’ de su derecho de defensa. Pero eso es muy diferente de lo que ocurre actualmente.
“Hay que ver lo que hace el paso del tiempo”, reflexiona Bueno. Ahora es raro el día en que un abogado no solicita intervenir con su cliente por esa misma vía: la videoconferencia. Además, hoy en día muchos Juzgados y Tribunales lo consideran una “herramienta básica”. Un detalle relevante para reforzar su postura: “Si no aportase ninguna ventaja, no se habría permitido su uso bajo ninguna circunstancia”. Es decir: “aporta más ventajas que inconvenientes”, defiende el doctor de la UDIMA.
El catálogo de beneficios que aporta la videoconferencia es muy amplio, pero lo resume en dos categorías: ventajas genéricas (que mejoran la eficiencia procesal y ahorran costes por desplazamientos innecesarios), y ventajas específicas (como las derivadas de la pandemia, que requerían una mayor protección sanitaria a través de la distancia social).
Asistencia jurídica “más sencilla, ágil y barata”
Entre las principales bondades que el doctor especifica en su investigación, destaca algunas como el auxilio judicial “más sencillo y barato”, lo que se traduce en “mayor protección” del declarante, explica. Especialmente en casos de testigos, peritos y menores. También facilita la práctica de prueba y el cumplimiento del principio de inmediación, pues no requiere la presencia física del juez o tribunal en dicha práctica. En otras palabras, “un sistema judicial más barato y eficiente”, describe Bueno.
En suma, el uso generalizado de la videoconferencia permite un ahorro de costes comunicativos (notificaciones), ambientales, territoriales (desplazamientos) y de seguridad (comparecencia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) en los procesos judiciales. Al reducir las ausencias en las vistas da lugar a procedimientos más eficaces, además de ser más accesibles a medios y público general cuando sean de gran interés.
Entre los perfiles que más se pueden beneficiar de todo este abanico de mejoras por las videoconferencias, Bueno resalta a los abogados (que podrán concertar reuniones sin tener que desplazarse) y a los altos cargos de la Administración de Justicia (jueces y magistrados, fiscales, letrados de la Administración como él...). A estos últimos les ayudaría especialmente a conciliar y flexibilizar, “dada su dificultad habitual para reunirse”, desgrana. Además, “estableciendo reuniones por videoconferencia, podemos unificar criterios procesales y gubernativos”, afirma.
Avances y retos: invertir, regular, unificar
Como ha comprobado en múltiples entrevistas durante su doctorado, la sensación general en el sector es que avances tecnológicos como este introducen ventajas y beneficios en la Administración de Justicia. Principalmente consiguen hacerla más eficaz y acercarla a los ciudadanos, como hemos visto. Sin embargo, también hay voces que “aún son contrarias o reticentes” al uso generalizado de la videoconferencia, reconoce. A partir de esos recelos, Bueno plantea cuáles son los retos pendientes (para convencerles).
En pocas palabras su diagnóstico es que falta inversión, una regulación que unifique a nivel nacional y una brecha digital que potencia esa desconfianza “aún latente”. Una situación que se explica por la escasa inversión en “materiales y personal”, la evidente necesidad de una alfabetización digital de la población, y la disparidad de plataformas que hay en uso en este momento, fruto de la “improvisación” pandémica. Se hacían videollamadas desde ordenadores, tablets o incluso teléfonos, “sin saber los requisitos de seguridad exigibles”, recuerda el doctor.
Pese al éxito que supuso la videoconferencia tras el parón del confinamiento (evitando un colapso que habría sido “todavía mayor”, defiende Bueno) tiene que haber ante todo una normativa que unifique criterios entre los actores de Justicia (actualmente no está claro si la videoconferencia es preferente ni qué herramienta emplear). Por un lado, debe haber una plataforma única para las conferencias jurídicas (en lugar del "páramo" de Webex, Zoom o Circuit, por citar ejemplos de lo que usan algunas comunidades).
Debe aspirarse a "una única plataforma" con un método “seguro y homologado” para toda España (todo bajo el Ministerio de Justicia, quien “debería ser el proveedor” de dichos medios), argumenta Bueno. Hay que unificar para que haya “interoperabilidad interna” (entre órganos judiciales de cualquier territorio) y “externa” (con otras administraciones que se relacionan y colaboran con estos, como los centros penitenciarios), abunda.
Respecto a la regulación, el LAJ destaca el Proyecto de Ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia como próxima mejora a tener en cuenta. En él está la “esperanza” para "garantizar la seguridad jurídica digital” y establecer los nuevos derechos y obligaciones de los ciudadanos y colectivos que se relacionan digitalmente con la Administración de Justicia.
En definitiva, Bueno resume que, si vivimos rodeados de innovaciones tecnológicas, cada vez mayores y exponenciales, “no es concebible” un Estado Social y Democrático de Derecho cuya Administración de Justicia “se queda atrás”. Y aunque se ha avanzado mucho en el uso de la videoconferencia, aún queda mucho camino para lograr una “e-Justicia de calidad”.