Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. ITP y AJD

Código de la asignatura5206
Nº Créditos ECTS5
Duración modalidad 18 mesesSemestral
Duración modalidad 24 mesesSemestral
IdiomasCastellano
Planes de estudio
Profesor(es)
Año académico2022-23
Descripción

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas, ya que los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, gravándose por el Impuesto sobre Sociedades.

Por su parte respecto del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ( ITP y AJD ) podemos afirmar que estudia, y así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia, no sólo un tributo de naturaleza indirecta sino tres tributos diferentes, que, respectivamente, gravan: Las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados. No existiendo homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto.

El alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada una de las modalidades de los dos tributos y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.

No debemos olvidar que se trata de dos tributos cuyo rendimiento se encuentra cedido a las Comunidades Autónomas, que pueden asumir competencias normativas sobre determinadas cuestiones referidas a los mismos.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. ITP y AJD

Código de la asignatura5206
Nº Créditos ECTS5
Duración modalidad 18 mesesSemestral
Duración modalidad 24 mesesSemestral
IdiomasCastellano
Planes de estudio
Profesor(es)
Año académico2022-23
Descripción

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas, ya que los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, gravándose por el Impuesto sobre Sociedades.

Por su parte respecto del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ( ITP y AJD ) podemos afirmar que estudia, y así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia, no sólo un tributo de naturaleza indirecta sino tres tributos diferentes, que, respectivamente, gravan: Las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados. No existiendo homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto.

El alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada una de las modalidades de los dos tributos y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.

No debemos olvidar que se trata de dos tributos cuyo rendimiento se encuentra cedido a las Comunidades Autónomas, que pueden asumir competencias normativas sobre determinadas cuestiones referidas a los mismos.