Máster en Valoración del Daño Corporal, Peritaje Médico Legal e Incapacidades (Formación Permanente)

La ciencia de la medicina es un arte profesional que, a pesar de su desarrollo histórico de más de 2500 años de antigüedad, sigue en continua evolución, no solo a través de los avances conseguidos en otras disciplinas como la bioquímica, la genética, la microbiología, la inmunología o la farmacología, sino también, y especialmente, en relación con el entorno en el que el profesional sanitario presta sus servicios.

En esta evolución, la actividad asistencial del médico se ha visto influenciada por los cambios normativos que han elevado al rango de Ley los derechos de los pacientes respecto a su salud e integridad física y moral. Esta conjunción de Derechos, de la que es paradigmática la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente, ha modificado completamente la figura del médico, que antaño mantenía una posición de autoridad, para posicionarse como un prestador de servicios dentro del Derecho a la Salud de los pacientes.

De esta forma, la práctica profesional del médico ha mutado dentro de una organización en la que, bien sea ejercida dentro de la sanidad pública o en la sanidad privada, los derechos de los pacientes han dado paso a un aumento de las reclamaciones por posibles negligencias profesionales.

Así, la práctica profesional del médico está sometida a múltiples exigencias con el fin de dar cumplimiento a los derechos y autonomía del paciente, lo que conlleva a que el médico, ante una ciencia que es limitada e inexacta, deba estar en continua formación para adaptarse a los cambios normativos que influyen en el ejercicio de su profesión.

Este contexto, supone el caldo de cultivo ideal para el aumento de las reclamaciones a los profesionales sanitarios, lo que conlleva a su vez a un aumento de la necesidad de formar peritos que ayuden al sistema judicial a comprender los complejos casos que se promueven en las distintas jurisdicciones que completan nuestro ordenamiento jurídico, Civil, Penal, Contencioso Administrativo e, incluso, laboral.

La figura del perito médico se alza como un colaborador fundamental en este tipo de reclamaciones para dotar de conocimiento a nuestra justicia con el fin de resolver los planteamientos propuestos por las partes en un litigio.

Sin embargo, la actuación del buen perito no es fácil, ya que es preciso que conozca varios aspectos fundamentales de esta rama que complementa su actividad profesional, como es el conocimiento del sistema judicial en el que va a prestar sus servicios como perito, la elaboración y estructura del informe escrito, su participación en los diversos órdenes jurisdiccionales, la ratificación de su informe en sede judicial, las distintas doctrinas científicas y jurisprudenciales que encaminadas a resolver los criterios de responsabilidad del profesional sanitario, la propia responsabilidad del perito en el ejercicio de su actividad…

Pero la actividad pericial del profesional médico no termina aquí, por cuanto está íntimamente relacionada con el Derecho a la integridad física y moral de la persona. Para la valoración del menoscabo de esa integridad el legislador ha constituido varios sistemas de baremación del daño, destacando principalmente el baremo recogido en el Real Decreto Legislativo 8/2004, cuya última modificación, incorporada a través de la Ley 35/2005, conocida como Nuevo Baremo, supone la equiparación de nuestro sistema de cuantificación en lo que a responsabilidad civil se refiere con el conjunto de la Unión Europea.

Así, el perito médico, conforme a lo establecido por el legislador en el referenciado Nuevo Baremo, se alza como una figura fundamental para la valoración del Daño Corporal de las personas, no solo con ocasión de un accidente de circulación, sino ante cualquier situación que suponga una responsabilidad en el menoscabo de su integridad física, psíquica y moral, por cuanto el Nuevo Baremo sirve de aplicación supletoria ante la falta de otros sistemas de cuantificación del daño.

Junto con el meritado sistema de valoración del daño corporal, el perito médico precisa ampliar su formación en otros ámbitos que requieren la valoración por parte de un profesional de la medicina, como la valoración de Incapacidades Permanentes recogida en la Ley General de la Seguridad Social y normas relacionadas.

En definitiva, la labor y formación del perito médico es fundamental en nuestro sistema jurídico. No obstante, no es una actividad exenta de dificultades, por cuanto convergen dos ciencias muy diferentes entre sí, pero que sin duda se necesitan en la labor de la pericia. La Ciencia Médica y la Ciencia Jurídica.

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La ciencia de la medicina es un arte profesional que, a pesar de su desarrollo histórico de más de 2500 años de antigüedad, sigue en continua evolución, no solo a través de los avances conseguidos en otras disciplinas como la bioquímica, la genética, la microbiología, la inmunología o la farmacología, sino también, y especialmente, en relación con el entorno en el que el profesional sanitario presta sus servicios.

En esta evolución, la actividad asistencial del médico se ha visto influenciada por los cambios normativos que han elevado al rango de Ley los derechos de los pacientes respecto a su salud e integridad física y moral. Esta conjunción de Derechos, de la que es paradigmática la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente, ha modificado completamente la figura del médico, que antaño mantenía una posición de autoridad, para posicionarse como un prestador de servicios dentro del Derecho a la Salud de los pacientes.

De esta forma, la práctica profesional del médico ha mutado dentro de una organización en la que, bien sea ejercida dentro de la sanidad pública o en la sanidad privada, los derechos de los pacientes han dado paso a un aumento de las reclamaciones por posibles negligencias profesionales.

Así, la práctica profesional del médico está sometida a múltiples exigencias con el fin de dar cumplimiento a los derechos y autonomía del paciente, lo que conlleva a que el médico, ante una ciencia que es limitada e inexacta, deba estar en continua formación para adaptarse a los cambios normativos que influyen en el ejercicio de su profesión.

Este contexto, supone el caldo de cultivo ideal para el aumento de las reclamaciones a los profesionales sanitarios, lo que conlleva a su vez a un aumento de la necesidad de formar peritos que ayuden al sistema judicial a comprender los complejos casos que se promueven en las distintas jurisdicciones que completan nuestro ordenamiento jurídico, Civil, Penal, Contencioso Administrativo e, incluso, laboral.

La figura del perito médico se alza como un colaborador fundamental en este tipo de reclamaciones para dotar de conocimiento a nuestra justicia con el fin de resolver los planteamientos propuestos por las partes en un litigio.

Sin embargo, la actuación del buen perito no es fácil, ya que es preciso que conozca varios aspectos fundamentales de esta rama que complementa su actividad profesional, como es el conocimiento del sistema judicial en el que va a prestar sus servicios como perito, la elaboración y estructura del informe escrito, su participación en los diversos órdenes jurisdiccionales, la ratificación de su informe en sede judicial, las distintas doctrinas científicas y jurisprudenciales que encaminadas a resolver los criterios de responsabilidad del profesional sanitario, la propia responsabilidad del perito en el ejercicio de su actividad…

Pero la actividad pericial del profesional médico no termina aquí, por cuanto está íntimamente relacionada con el Derecho a la integridad física y moral de la persona. Para la valoración del menoscabo de esa integridad el legislador ha constituido varios sistemas de baremación del daño, destacando principalmente el baremo recogido en el Real Decreto Legislativo 8/2004, cuya última modificación, incorporada a través de la Ley 35/2005, conocida como Nuevo Baremo, supone la equiparación de nuestro sistema de cuantificación en lo que a responsabilidad civil se refiere con el conjunto de la Unión Europea.

Así, el perito médico, conforme a lo establecido por el legislador en el referenciado Nuevo Baremo, se alza como una figura fundamental para la valoración del Daño Corporal de las personas, no solo con ocasión de un accidente de circulación, sino ante cualquier situación que suponga una responsabilidad en el menoscabo de su integridad física, psíquica y moral, por cuanto el Nuevo Baremo sirve de aplicación supletoria ante la falta de otros sistemas de cuantificación del daño.

Junto con el meritado sistema de valoración del daño corporal, el perito médico precisa ampliar su formación en otros ámbitos que requieren la valoración por parte de un profesional de la medicina, como la valoración de Incapacidades Permanentes recogida en la Ley General de la Seguridad Social y normas relacionadas.

En definitiva, la labor y formación del perito médico es fundamental en nuestro sistema jurídico. No obstante, no es una actividad exenta de dificultades, por cuanto convergen dos ciencias muy diferentes entre sí, pero que sin duda se necesitan en la labor de la pericia. La Ciencia Médica y la Ciencia Jurídica.

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