Responsabilidad por Daños al Medio Ambiente

Código de la asignatura5334
Nº Créditos ECTS3
Duración modalidad 12 meses6 semanas
IdiomasCastellano
Planes de estudio
Profesor(es)
Año académico2022-23
Descripción

Los daños al medio ambiente dan lugar a distintos tipos de responsabilidad; en esta asignatura pretenden abordarse en profundidad los dos más importantes:

  1. La responsabilidad civil extracontractual por daños a personas o bienes, regulada en el art. 1902 del Código Civil. Aun siendo de menor relevancia en la práctica, se abordará asimismo el estudio de otras técnicas civiles que pueden servir para la prevención o reparación de daños ambientales; en especial, la acción de cesación de inmisiones del artículo 590.
  2. La responsabilidad civil derivada de la comisión de delitos o infracciones administrativas contra el medio ambiente. Además de la pena o de la sanción que corresponda, el culpable está obligado a reparar o indemnizar el daño causado.
  3. El nuevo sistema introducido por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental para prevenir y reparar los daños a determinados recursos naturales (biodiversidad, aguas, suelo y costas). Las deficiencias que presentan los sistemas tradicionales de responsabilidad cuando se trata de daños a estos recursos que no producen afecciones a bienes o derechos privados (los conocidos como “daños ecológicos puros”) ha hecho precisa la introducción de este novedoso y prometedor sistema de prevención y reparación de daños.

Responsabilidad por Daños al Medio Ambiente

Código de la asignatura5334
Nº Créditos ECTS3
Duración modalidad 12 meses6 semanas
IdiomasCastellano
Planes de estudio
Profesor(es)
Año académico2022-23
Descripción

Los daños al medio ambiente dan lugar a distintos tipos de responsabilidad; en esta asignatura pretenden abordarse en profundidad los dos más importantes:

  1. La responsabilidad civil extracontractual por daños a personas o bienes, regulada en el art. 1902 del Código Civil. Aun siendo de menor relevancia en la práctica, se abordará asimismo el estudio de otras técnicas civiles que pueden servir para la prevención o reparación de daños ambientales; en especial, la acción de cesación de inmisiones del artículo 590.
  2. La responsabilidad civil derivada de la comisión de delitos o infracciones administrativas contra el medio ambiente. Además de la pena o de la sanción que corresponda, el culpable está obligado a reparar o indemnizar el daño causado.
  3. El nuevo sistema introducido por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental para prevenir y reparar los daños a determinados recursos naturales (biodiversidad, aguas, suelo y costas). Las deficiencias que presentan los sistemas tradicionales de responsabilidad cuando se trata de daños a estos recursos que no producen afecciones a bienes o derechos privados (los conocidos como “daños ecológicos puros”) ha hecho precisa la introducción de este novedoso y prometedor sistema de prevención y reparación de daños.