Curso de Agente de igualdad, diversidad e integración en el ámbito laboral
Curso de Agente de igualdad, diversidad e integración en el ámbito laboral

Desde la aprobación y entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres, nacen en el contexto laboral una serie de obligaciones para las empresas, públicas y privadas, con el objetivo de prevenir conductas discriminatorias y prever políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad.

Además de garantizar la igualdad en las políticas públicas o los medios de comunicación social, se ordenan una serie de actuaciones que ocupan a las organizaciones laborales: Implementar medidas para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, formación, promoción profesional y condiciones de trabajo; el deber de negociar y registrar planes de igualdad, así como implementar medidas y planes LGTBI; elaborar e implantar protocolos para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo; diseño de registros salariales y auditorías retributivas, etc. 

De esta forma, en las propias organizaciones, o a través de empresas de consultoría externas, debe haber un equipo de profesionales encargados de poner en marcha todas estas actuaciones: Agentes de igualdad y diversidad. 

Es preciso que esta figura conozca, de primera mano, cuál es la normativa de aplicación, responsabilidades y obligaciones de las empresas y organizaciones en la materia, cómo aplicar el principio de igualdad y de qué manera poner en marcha las actuaciones impuestas, así como otras que, de forma voluntaria, se pudieran llevar a cabo para aplicar el enfoque de género de forma transversal en todas las áreas de la organización.

En los últimos años, además, la legislación sufre varias modificaciones. Entra en vigor el Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad, así como, sus posteriores desarrollos reglamentarios, el Real Decreto 901/2020 y el Real Decreto 902/2020, que, a través de sus disposiciones, establecen:

  • La obligatoriedad de negociar planes de igualdad en empresas y organizaciones que tengan una determinada plantilla, o bien, estén obligadas por su convenio colectivo o se imponga como alternativa a una propuesta de sanción por incumplimiento empresarial. 
  • Precisiones sobre cálculos numéricos en cuanto a cantidad de centros de trabajo, cómputo de plantilla, etc. 
  • Proceso y plazos de negociación, fases, sujetos legitimados para ello, etc. 
  • Determinación de órganos encargados del seguimiento y la evaluación, periodicidad, etc. 
  • Depósito obligatorio de la documentación en registro público. 
  • Evaluación de puestos de trabajo desde una perspectiva de género, incorporando el resultado a una auditoría y registro salarial. 
  • Etc. 

Por otro lado, promover la inclusión y el respeto a la diversidad, no solo es un valor ético, sino también una obligación legal para las empresas, conforme a normativas más recientemente aprobadas, como la Ley 4/2023 de igualdad de las personas LGTBI.

Por tanto, en este sentido, la formación y especialización en la materia es de vital importancia, no solo por la complejidad de los procesos e interpretación de la norma, sino porque hablamos de unas herramientas que promueven un día a día más inclusivo, equitativo, tolerante e igualitario.

La programación académica de este curso expone, de forma transversal, aquellas materias precisas para adquirir conocimientos y competencias imprescindibles. Además, está impartido por un equipo técnico experto en género en el ámbito laboral, con una amplia trayectoria profesional y que se dedica, cotidianamente, a aplicar políticas de igualdad.

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Desde la aprobación y entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres, nacen en el contexto laboral una serie de obligaciones para las empresas, públicas y privadas, con el objetivo de prevenir conductas discriminatorias y prever políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad.

Además de garantizar la igualdad en las políticas públicas o los medios de comunicación social, se ordenan una serie de actuaciones que ocupan a las organizaciones laborales: Implementar medidas para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, formación, promoción profesional y condiciones de trabajo; el deber de negociar y registrar planes de igualdad, así como implementar medidas y planes LGTBI; elaborar e implantar protocolos para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo; diseño de registros salariales y auditorías retributivas, etc. 

De esta forma, en las propias organizaciones, o a través de empresas de consultoría externas, debe haber un equipo de profesionales encargados de poner en marcha todas estas actuaciones: Agentes de igualdad y diversidad. 

Es preciso que esta figura conozca, de primera mano, cuál es la normativa de aplicación, responsabilidades y obligaciones de las empresas y organizaciones en la materia, cómo aplicar el principio de igualdad y de qué manera poner en marcha las actuaciones impuestas, así como otras que, de forma voluntaria, se pudieran llevar a cabo para aplicar el enfoque de género de forma transversal en todas las áreas de la organización.

En los últimos años, además, la legislación sufre varias modificaciones. Entra en vigor el Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad, así como, sus posteriores desarrollos reglamentarios, el Real Decreto 901/2020 y el Real Decreto 902/2020, que, a través de sus disposiciones, establecen:

  • La obligatoriedad de negociar planes de igualdad en empresas y organizaciones que tengan una determinada plantilla, o bien, estén obligadas por su convenio colectivo o se imponga como alternativa a una propuesta de sanción por incumplimiento empresarial. 
  • Precisiones sobre cálculos numéricos en cuanto a cantidad de centros de trabajo, cómputo de plantilla, etc. 
  • Proceso y plazos de negociación, fases, sujetos legitimados para ello, etc. 
  • Determinación de órganos encargados del seguimiento y la evaluación, periodicidad, etc. 
  • Depósito obligatorio de la documentación en registro público. 
  • Evaluación de puestos de trabajo desde una perspectiva de género, incorporando el resultado a una auditoría y registro salarial. 
  • Etc. 

Por otro lado, promover la inclusión y el respeto a la diversidad, no solo es un valor ético, sino también una obligación legal para las empresas, conforme a normativas más recientemente aprobadas, como la Ley 4/2023 de igualdad de las personas LGTBI.

Por tanto, en este sentido, la formación y especialización en la materia es de vital importancia, no solo por la complejidad de los procesos e interpretación de la norma, sino porque hablamos de unas herramientas que promueven un día a día más inclusivo, equitativo, tolerante e igualitario.

La programación académica de este curso expone, de forma transversal, aquellas materias precisas para adquirir conocimientos y competencias imprescindibles. Además, está impartido por un equipo técnico experto en género en el ámbito laboral, con una amplia trayectoria profesional y que se dedica, cotidianamente, a aplicar políticas de igualdad.

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