Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.
Como todos los cursos, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha aprobado la convocatoria de becas y ayudas para estudiantes universitarios. Estas becas solamente se pueden solicitar para los estudios de grado y de máster universitario. No es posible solicitar beca para estudiar un título propio universitario o de formación permanente.
Recomendamos que estéis suscritos en el Aula Virtual al Foro de Becas y Ayudas (de grado o de máster), para recibir en vuestro correo todas las novedades que vayamos publicando en materia de becas.
En el BOE de 15 de marzo de 2024 se ha publicado el Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en el siguiente enlace:
Información oficial sobre la convocatoria general
El hecho de solicitar beca no exime de pagar la titulación a cursar en UDIMA. La matrícula se ha de realizar como si no se solicitara beca. Una vez concedida la beca de manera definitiva, hemos de esperar a que el ministerio nos solicite el número de créditos matriculados y cursados de cada uno de los estudiantes y, en función de ello, procederá a ingresar a UDIMA las cuantías correspondientes a cada uno de los alumnos becados. Hasta ese momento, la universidad no realizará las transferencias a los beneficiarios en concepto de beca de matrícula (siempre con el límite del precio oficial por crédito).
Hay que tener en cuenta que los estudios oficiales de UDIMA son estudios a distancia (no presenciales). Por ello, únicamente se podrá optar a los siguientes componentes de beca:
ECTS del máster | Inicio del máster | ECTS a computar para la solicitud de beca |
---|---|---|
60 ECTS | Septiembre-octubre | Se podrá solicitar una beca por los 60 ECTS* |
60 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los ECTS que se vayan a cursar de manera efectiva en el semestre febrero-julio, siempre y cuando ese mínimo sea de 30 ECTS. Para los ECTS que se vayan a realizar a partir de septiembre-octubre del curso siguiente (el segundo semestre será considerado como segundo curso del Máster), se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Septiembre - octubre | Se podrá solicitar beca por los 60 ECTS del primer curso del Máster. Para los 30 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
90 ECTS | Febrero | Se podrá solicitar beca por los 30 ECTS del primer semestre del máster. Para los 60 ECTS restantes (el segundo curso), que se realizarán a partir de septiembre-octubre del curso siguiente, se habrá de formalizar una nueva solicitud de beca conforme a la convocatoria que rija en ese nuevo curso*. |
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 19 de marzo hasta el 10 de mayo de 2024.
Pasos para solicitar la beca
En el siguiente enlace del ministerio está recogida toda la información referente a la convocatoria para el curso 2024-2025:
Becas y ayudas de universidad: grado y máster
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Para acceder, es necesario registrarse:
Para acceder a la solicitud de beca, hay dos formas:
Una vez dentro, hay que rellenar el formulario online.
Finalizada la solicitud, envía a becas@udima.es el resguardo de presentación de esta (documento en PDF que se genera al presentar la solicitud). Además del resguardo anteriormente citado, también habrá de enviarse a la misma dirección de correo electrónico el resto de documentación que se indica en el mismo, vinculada a la situación en la que se encuentre cada solicitante. En el caso de no presentar la documentación necesaria, la solicitud será “rechazada por falta de documentación”.
Solo si se está en alguno de los siguientes casos, se deberá presentar la documentación indicada:
1.Para estudios universitarios de grado con cambio de universidad:
Documentación a aportar:
2.Para quienes inicien un máster en el curso 2024-2025:
Documentación a aportar:
3.Si su unidad familiar ha percibido ingresos en el extranjero en el ejercicio anterior:
Documentación a aportar:
4.Si se ha señalado ser unidad familiar independiente:
Los alumnos independientes de la unidad familiar de sus padres deberán acreditar ante la unidad de tramitación la titularidad o alquiler de su vivienda habitual, así como disponer de medios económicos propios suficientes.
Documentación a aportar:
En ningún caso se tendrán en cuenta datos económicos correspondientes al año 2024.
5.Si no ha podido validar el NIF/NIE de alguno/s de los miembros computables de su unidad familiar:
Documentación a aportar:
Se deben cumplir todos los requisitos para tener derecho a recibir la beca, es decir, los requisitos generales, los económicos y los académicos:
Para estudiantes de primer curso de grado:
Para segundo y posteriores cursos de grado:
Para ingenierías y Arquitectura:
Para Ciencias:
Para Ciencias de la Salud:
Para Ciencias Sociales y Jurídicas, Arte y Humanidades:
Para primer curso de máster:
Para segundo curso académico de máster:
Se pueden consultar en el Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE de 28 de febrero de 2024).
CUANTÍAS POR ECTS A EFECTOS DE BECA
Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero:
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, o en https://www.educacionyfp.gob.es en el apartado “Mis expedientes” y en “Mis notificaciones”.
Véase Precios públicos.