Código de la asignatura | 1476 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
|
Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
|
Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
|
Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
|
Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
|
Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
|
Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
|
Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
|
Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
|
Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
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Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
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Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
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Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
|
Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
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Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
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Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
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Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
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Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
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Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
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Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
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Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
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Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
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Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
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Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
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Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
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Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
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Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
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Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
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Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
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Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
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Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
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Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
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Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
|
Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
|
Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
|
Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
|
Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
|
Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
|
Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
|
Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
|
Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
|
Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
|
Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
|
Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
|
Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
|
Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
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Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
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Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
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Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
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Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
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Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
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Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
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Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
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Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
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Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
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Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
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Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
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Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
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Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
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Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
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Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
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Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
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Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
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Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
|
Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
|
Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
|
Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
|
Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
|
Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
|
Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
|
Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
|
Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
|
Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1476 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2022-23 |
La asignatura Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente se divide en dos partes. De un lado, algunas cuestiones comunes a todos los delitos que después se analizan. De otro, los concretos delitos ubicados todos ellos en el Título XVI, Libro II, del Código penal.
En la primera parte, se analiza y valora la ubicación del medio ambiente en la Constitución española así como el bien jurídico protegido en todos los delitos del Título.
En la segunda, se reflexiona sobre los elementos objetivos y subjetivos de los concretos delitos: los relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, los referidos al Patrimonio Histórico y, finalmente, los delitos relativos al medio ambiente.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Constitución española y protección del territorio, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente 1.1 Introducción 1.2 Concepto y principios del derecho medioambiental 1.3 Constitución y medio ambiente 1.4 La protección del territorio, el urbanismo, el patrimonio histórico y el medio ambiente por el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales |
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Semana 3 | Tema 2. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo 2.1 Introducción 2.2 Los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 319 del Código Penal 2.3 La prevaricación en el ámbito de la ordenación del territorio y el urbanismo del artículo 320 del Código Penal |
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Semanas 4 y 5 | Tema 3. Delitos sobre el patrimonio histórico (I) 3.1 Introducción 3.2 Dos formas diferentes de castigo penal: el capítulo II (del título XVI, libro II del Código Penal) y otros lugares 3.3 La «singular protección» necesaria en algunos objetos materiales del delito 3.4 El bien jurídico protegido en los delitos del capítulo II, título XVI (arts. 321 a 324 Código Penal) 3.5 El delito de derribo o alteración grave de edificios singularmente protegidos por su interés cultural (art. 321 Código Penal) |
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Semana 6 | Tema 4. Delitos sobre el patrimonio histórico (II) 4.1 El delito de prevaricación en relación con el patrimonio histórico (art. 322 Código Penal) 4.2 El delito de daños en bienes de valor cultural (art. 323 Código Penal) 4.3 El delito de daños por imprudencia grave a los bienes culturales (art. 324 Código Penal) 4.4 La protección del patrimonio histórico en el Código Penal, fuera del capítulo II del título XVI del libro II (arts. 321 a 324 Código Penal) 4.5 La protección del patrimonio histórico fuera del Código Penal |
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Semanas 7 y 8 | Tema 5. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) 5.1 Introducción 5.2 Tipo básico contra el medio ambiente (art. 325) 5.3 Los delitos de traslado ilegal y gestión de residuos (art. 326) 5.4 El delito de gestión de instalaciones en que se realice una actividad peligrosa, causando daños sustanciales (art. 326 bis) 5.5 Las circunstancias agravantes específicas (art. 327) |
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Semanas 9 y 10 | Tema 6. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) 6.1 Introducción 6.2 La responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 328) 6.3 La prevaricación en el ámbito de los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 329 del Código penal 6.4 El delito de daños graves en espacio natural protegido del artículo 330 6.5 La comisión por imprudencia grave de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 331 |
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Semana 11 | Tema 7. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (I) 7.1 Introducción 7.2 Delitos relativos a la flora (art. 332 Código Penal) 7.3 Delitos relativos a la flora y, eventualmente, a la fauna (art. 333 Código Penal): introducción o liberación de especies de flora o fauna no autóctona |
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Semana 12 | Tema 8. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (II) 8.1 Introducción 8.2 El delito de caza o pesca de especies amenazadas del artículo 334 del Código Penal 8.3 El delito de caza o pesca de especies no amenazadas del artículo 335 del Código Penal 8.4 El delito de uso para la caza o pesca de instrumentos o artes destructivos para la fauna (art. 336 Código Penal) |
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Semana 13 | Tema 9. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (III) 9.1 Introducción 9.2 El delito de maltrato a animales (art. 337) 9.3 El delito de abandono de animales en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad |
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Semanas 14 y 15 | Tema 10. Disposiciones comunes 10.1 Introducción 10.2 Las conductas del título XVI que afectan al espacio natural protegido (art. 338 Código Penal) 10.3 La orden de adopción de medidas necesarias para la restauración del equilibrio ecológicoperturbado (art. 339 Código Penal) 10.4 La reparación voluntaria del daño causado (art. 340 Código Penal) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, con una parte tipo test (3 puntos) y una parte de desarrollo teórico-práctica (7 puntos).
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible haber realizado y aprobado al menos el 50% de las Actividades (las de Evaluación Continua y las de Aprendizaje -que son cuatro en total-), así como de los Controles.
El estudiante que se presenta al examen sin cumplir los requisitos para ello, será calificado con un cero en el examen final presencial y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 1 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).