Código de la asignatura | 1652 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
|
Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
|
Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
|
Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
|
Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
|
Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
|
Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
|
Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
|
Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
|
|
Semanas 11 y 12 |
|
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
|
Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
|
Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
|
Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
|
Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
|
Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
|
Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
|
Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
|
Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
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Semanas 11 y 12 |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
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Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
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Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
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Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
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Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
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Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
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Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
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Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
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Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
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Semanas 11 y 12 |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
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Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
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Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
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Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
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Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
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Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
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Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
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Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
|
Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
|
Semanas 13 y 14 |
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Semanas 11 y 12 |
|
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
|
Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
|
Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
|
Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
|
Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
|
Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
|
Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
|
Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
|
Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
|
Semanas 13 y 14 |
|
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Semanas 11 y 12 |
|
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
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Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
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Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
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Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
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Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
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Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
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Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
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Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
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Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
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Semanas 11 y 12 |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
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Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
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Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
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Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
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Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
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Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
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Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
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Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
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Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
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Semanas 11 y 12 |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
|
Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
|
Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
|
Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
|
Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
|
Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
|
Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
|
Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
|
Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
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|
Semanas 11 y 12 |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1652 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Optativa |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
Esta asignatura, que se recomienda cursar tras haber superado, al menos, el hito de «Derecho Administrativo. Funciones Administrativas» si bien bebe de las características comunes del procedimiento administrativo y de las funciones administrativas de fomento y policía, constituye una rama específica del Derecho Administrativo, con la particularidad de que nos encontramos ante una materia competencia exclusiva de las CCAA, lo que impide distinguir un régimen común y homogéneo para todo el Estado.
A lo largo del curso se pretende ahondar en la visión interdisciplinar del mundo jurídico prestando especial atención al impacto del Derecho Administrativo y sus instituciones en el ámbito del turismo. Se facilitará a los estudiantes una relación de disposiciones turísticas e instituciones de las Administraciones central y autonómica y de la Unión Europea. Además, se hará una introducción a las materias relacionadas con el funcionamiento de las leyes mercantiles y su aplicación en el ámbito de actuación de las empresas y con las actividades turísticas.
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Tema 1. Fundamentos de la intervención administrativa turística I 1.1. El Derecho del Turismo es parte especial del Derecho Administrativo 1.2. La multidimensionalidad del fenómeno turístico |
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Semana 3 | Tema 2. Fundamentos de la intervención administrativa turística II 2.1. El fundamento de las potestades administrativas turísticas 2.2. La evolución histórica de la intervención administrativa sobre el fenómeno turístico 2.3. La nueva organización administrativa del Turismo |
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Semana 4 | Tema 3. Competencia administrativa sobre el turismo 3.1. Los trabajos parlamentarios de las Cortes Constituyentes en materia de competencia turística 3.2. La competencia turística en la Constitución Española de 1978. Su carácter multidisciplinar 3.3. La doctrina constitucional relativa a la distribución competencial en materia turística 3.4. La competencia comunitaria sobre el sector turístico 3.5. La competencia turística de las entidades locales 3.6. La competencia autonómica sobre el turismo |
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Semana 5 | Tema 4. Intervención administrativa sobre el turismo 4.1. Las actividades de promoción y de fomento turístico 4.2. La actividad arbitral en materia turística 4.3. La actividad administrativa de planificación turística 4.4. La actividad administrativa de prestación del servicio turístico |
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Semana 6 | Tema 5. La inspección turística 5.1. El libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio 5.2. Fundamento y naturaleza de la potestad de inspección turística 5.3. La problemática competencial de la inspección turística. Las relaciones interadministrativas entre los servicios administrativos de inspección 5.4. El inspector de turismo. 5.5. Los sujetos obligados a inspección y los sujetos responsables de su resultado 5.6. Derechos y obligaciones de las empresas y usuarios turísticos a los efectos de la ordenación turística 5.7. El procedimiento de inspección turística 5.8. Los planes e instrumentos de inspección 5.9. Funciones y objeto de la inspección turística |
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Semana 7 | Tema 6. Actividad administrativa sancionadora en materia turística 6.1. Origen y evolución de la potestad administrativa sancionadora en materia turística 6.2. El principio de legalidad y la reserva de ley en materia turística 6.3. La exigencia de tipicidad de infracciones y sanciones turísticas 6.4. La proporcionalidad en la determinación de las sanciones turísticas 6.5. Prescripción de infracciones y sanciones turísticas. La extinción de la responsabilidad administrativa 6.6. La responsabilidad administrativa como principio de la potestad sancionadora 6.7. La concurrencia de sanciones y la regla non bis in idem en materia turística 6.8. La irretroactividad de la norma sancionadora 6.9. El procedimiento sancionador turístico |
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Semana 8 | Tema 7. Régimen jurídico del alojamiento turístico I 7.1. Tipología de la oferta turística 7.2. Los establecimientos hoteleros 7.3. Turismo rural |
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Semana 9 | Tema 8. Régimen jurídico del alojamiento turístico II 8.1. Los apartamentos y viviendas turística vacacionales 8.2. Los campamentos de turismo 8.3. Albergues y refugios 8.4. Los complejos turísticos |
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Semana 10 | Tema 9. Agencias de viaje, restauración y oferta complementaria 9.1. Concepto y tipología de la mediación turística 9.2. Viajes combinados y agencias de viajes 9.3. Actividades de las agencias de viaje. Régimen de excepción 9.4. Modalidades de agencias de viajes y su régimen de intervención administrativa 9.5. Centrales de reservas 9.6. Mediadores turísticos 9.7. La mediación turística a distancia 9.8. Restauración 9.9. Oferta complementaria |
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Semanas 13 y 14 |
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Semanas 11 y 12 |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración examen final y cierre de actas. |
Durante el estudio de esta asignatura, el proceso de evaluación del aprendizaje es continuo y contempla la realización de:
- Una evaluación continua a lo largo del curso a través de acciones didácticas que supone el 40% de la nota final. Incluye la realización de los diferentes tipos de actividades de evaluación, de aprendizaje y controles.
- Un examen final presencial que supone el 60% de la nota final. Está dirigido a la valoración de las competencias y conocimientos adquiridos por el estudiante. El examen se evaluará de 0 a 10, tendrá una duración estimada de 90 minutos y será de tipo mixto, constará de dos partes, una primera parte tipo test que estará compuesta por preguntas con una única opción correcta, los errores penalizan con el objetivo de corregir las respuestas acertadas por azar y por preguntas tipo test de opción múltiple y; una segunda parte teórico-práctica que consistirá en dos (2) preguntas de desarrollo a elegir una (1) y en la resolución de un (1) caso práctico. La puntuación concreta de cada parte se especificará en el aula, aunque si el estudiante dejara sin responder la pregunta de desarrollo o el caso práctico o la calificación obtenida con sus respuestas en alguna de ellas fuera (0), el examen estará suspenso con una calificación máxima de 4.
Para poder presentarse al examen final presencial, en cualquiera de las convocatorias, es imprescindible cumplir los siguientes requisitos relacionados con la evaluación continua: Realizar todos los controles, superar al menos una de las tres actividades de evaluación continua contempladas en el apartado de “Actividades didácticas” de la asignatura y tener aprobada la evaluación continua, es decir, obtener una calificación mínima de 2 puntos sobre 4 en la evaluación continua del curso.
El estudiante que se presente al examen sin cumplir los referidos requisitos, será calificado con un cero en el examen final y consumirá convocatoria.
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 2 | 10% |
Actividades de Evaluación Continua (AEC) | 3 | 20% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 60% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).